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Alcaldía Municipal de Paipa, Boyacá

Control Social


¿De qué se trata el Control Social a lo público?

El control social es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados.

El Control Social, se puede desarrollar a través de veedurías ciudadanas, las Juntas de vigilancia, los Comités de Desarrollo y Control Social de los Servicios Públicos Domiciliarios, las auditorías ciudadanas y las instancias de participación ciudadana, en los términos de las leyes que las regulan, y a través del ejercicio de los derechos constitucionales dirigidos a hacer control a la gestión pública y sus resultados.

¿Qué aspectos de la Gestión Pública que pueden ser sujetos al control social?

Salvo los aspectos que sean reservados, todos los niveles de la administración pública pueden ser objeto de vigilancia ciudadana.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Según el artículo 3 de la ley estatutaria 1757 de 2015, los mecanismos de participación ciudadana son de origen popular o de autoridad pública, según sean promovidos o presentados directamente mediante solicitud avalada por firmas ciudadanas o por autoridad pública en los términos de la presente ley.

Son de origen popular la iniciativa popular legislativa y normativa ante las corporaciones públicas, el cabildo abierto y la revocatoria del mandato; es de origen en autoridad pública el plebiscito; y pueden tener origen en autoridad pública o popular el referendo y la consulta popular.



ABC de la Ley 1757 de 2015 – DAFP

PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA GESTIÓN PÚBLICA

Medios de Acceso a la Información Pública - Paipa

Teniendo en cuenta que el ciudadano es el eje fundamental de la Administración Pública y debe ser el Estado quien garantice el servicio y la atención de sus necesidades. A continuación, se describen algunos de los medios - mecanismos de acceso a la Información Pública a los cuales pueden acudir los ciudadanos, grupos de interés y/o usuarios en la Alcaldía de Paipa:



INSTANCIAS MUNICIPALES DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Son escenarios de representación de la sociedad civil, de encuentro e interacción entre actores sociales o entre éstos y las autoridades públicas, a través de los cuales se canalizan iniciativas, se delibera en torno a los asuntos relacionados con temas específicos y se construyen y se hace seguimiento a acuerdos. Las instancias de participación ciudadana pueden ser formales e informales.

Veeduría Ciudadana

La Ley 850 de 2003 en su artículo 1º define la Veeduría Ciudadana como el mecanismo democrático de representación que le permite a las personas y a las diferentes organizaciones comunitarias, "ejercer vigilancia respecto de la gestión de las entidades tanto públicas como privadas encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público".

Juntas De Acción Comunal

Las Juntas de Acción Comunal (JAC), es una organización cívica, social y comunitaria de gestión social, sin ánimo de lucro, de naturaleza solidaria, con personería jurídica y patrimonio propio, integrada voluntariamente por los residentes de un lugar que aúnan esfuerzos y recursos para procurar un desarrollo integral, sostenible y sustentable con fundamento en el ejercicio de la democracia participativa. Están reglamentadas por la Ley 743 de 2002, el Decreto 890 de 2008, Artículo 7o de la Ley 2166 de 2021, entre otras leyes, decretos.

Link: Atención y Servicio a la Ciudadanía.

Juntas Administradoras Locales

Según el Artículo 318 de la Constitución Política de Colombia. Con el fin de mejorar la prestación de los servicios y asegurar la participación de la ciudadanía en el manejo de los asuntos públicos de carácter local, los concejos podrán dividir sus municipios en comunas cuando se trate de áreas urbanas, y en corregimientos en el caso de las zonas rurales. En cada una de las comunas o corregimientos habrá una junta administradora local de elección popular, integrada por el número de miembros que determine la ley.

Organizaciones ambientales ciudadanas

Las organizaciones ambientales son grupos de ciudadanos que no tienen vínculos oficiales con el Estado colombiano y que propenden por la conservación de los recursos naturales, la protección del medio ambiente y el desarrollo de políticas e iniciativas de reciclaje de basuras y mejoramiento de la calidad del agua, entre otras.

Organizaciones no gubernamentales (ONG)

Como su nombre lo indica, las organizaciones no gubernamentales, son entidades de ciudadanos sin ánimo de lucro y sin vínculos directos con el gobierno colombiano. Sus objetivos son lograr el beneficio social y comunitario.

Consejo Territorial de Planeación

Los Consejos Territoriales de Planeación (CTP) son instancias territoriales de planeación, creadas por disposición del artículo 340 constitucional para garantizar la participación ciudadana en la construcción y seguimiento de políticas públicas a nivel territorial, en virtud del principio de la planeación participativa.

En desarrollo del citado artículo de la Constitución Política (C.P.), la Ley Estatutaria 152 de 1994 regula lo ateniente al Consejo Nacional de Planeación (CNP) y a los Consejos Territoriales de Planeación (CTP).

Los Consejos Territoriales de Planeación del orden (…) municipal, estarán integrados por las personas que designe (…) el Alcalde de las ternas que presenten las correspondientes autoridades y organizaciones, de acuerdo con la composición que defina el Concejo.

Dichos Consejos, como mínimo, deberán estar integrados por representantes de su jurisdicción territorial de los sectores económicos, sociales, ecológicos, educativos, culturales y comunitarios.


CONSEJO TERRITORIAL DE PLANEACION

DECRETO 040 DE 2024​

ACUERDO 003 DE 2024

RESOLUCION 335 DE 2024

CONVOCATORIA CONSEJO TERRITORIAL DE PLANECION​​

CONSULTA VECINAL SECTORIAL

La Consulta Vecinal Sectorial, es un mecanismo de participación ciudadana para que los vecinos y vecinas de un barrio, colonia, cantón o comunidad resuelvan o tomen decisiones de los asuntos que les afectan. Es un mecanismo de fácil implementación, requiere poca o ninguna inversión económica, debido a que se efectúa dentro de un límite o ámbito vecinal caracterizado por la proximidad. Este mecanismo es para el gobierno municipal, los vecinos y vecinas de un sector del municipio, una herramienta eficaz para profundizar el ejercicio de la democracia en su territorio. La Consulta Vecinal Sectorial se parece al plebiscito o referéndum ya que son los mismos vecinos quienes tienen el poder de decisión y la responsabilidad por la misma. Someter a consulta de los vecinos y vecinas una decisión o un conflicto, fortalece al gobierno municipal pues desde cualquier perspectiva que se le vea, el resultado es siempre ganar – ganar

ACCIONES CONJUNTAS ALCALDIA DE PAIPA

LINK :       https://view.genial.ly/5f8e18f25fe7e30d0ae93960


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